martes 21 de diciembre de 2010

Según Sinde, la LES 'no tiene nada que ver con la libertad de expresión'

La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, ha defendido en un acto en Oviedo que la disposición adicional de Ley de Economía Sostenible (LES) -la llamada Ley Sinde- permitirá a quienes difunden libros, música y películas a través de la Red seguir haciéndolo "teniendo sus contratos al día".

En rueda de prensa tras participar en la clausura del Año Santo Xacobeo, la titular de Cultura ha opinado que se trata de una norma "equitativa y positiva", que lleva aparejado un nuevo y necesario modelo de difusión de la cultura.

En este sentido, ha precisado que el texto "no tiene nada que ver con la libertad de expresión" ni con los blogs donde se vierten opiniones "enriquecedoras" y que el Ministerio respalda.

En lo que se refiere al procedimiento de clausura, ha indicado que es "muy sencillo", de forma que si alguien considera que un producto de su propiedad está siendo vendido o explotado podrá poner una reclamación en la Comisión de la Propiedad Intelectual y será un juez quien determine si procede bloquear el acceso a dicha web.

"Veremos si se hacen modificaciones o el Parlamento considera que es un procedimiento garantista, como sostiene el Gobierno", ha concluido, ante la previsible aprobación del texto este martes, día 21, en el Congreso de los Diputados.

Las declaraciones de Sinde llegan un día después de que más de una veintena de páginas webs cerrasen como protesta ante la posible aprobación de la disposición, que, a su juicio, convertirá a Internet "en una tele más, al servicio del poder".

El Gobierno prevé aprobar la disposición cuando se vote la ley en la Comisión de Economía del Congreso del próximo martes, si bien podría no contar con el apoyo de su socio presupuestario. Así, el PNV estaría dispuesto a 'tumbar' la medida pidiendo una votación separada de la disposición, con lo que la oposición podría unir fuerzas para rechazarlas.

Los creadores amenazan con perseguir los usuarios si no se aprueba la 'Ley Sinde'

Las empresas culturales y entidades de gestión de derechos de autor agrupadas en la Coalición de Creadores amenazan con proponer a la UE que se persiga al usuario si el texto de la Disposición Final Segunda de la Ley de Economía Sostenible -conocido popularmente como 'Ley Sinde'- "sufriera alguna modificación sustantiva o fuese rechazado" este martes en la comisión de Economía del Congreso de los Diputados.

El presidente de la coalición, Aldo Olcese, hizo estas declaraciones en una rueda de prensa en la que expresó que la ley propuesta por el Gobierno, "a pesar de ser insuficiente por no incluir la vulneración de los derechos de autor en las redes P2P", contribuiría de forma "significativa" a proteger la propiedad intelectual en España.

En un escrito presentado en esta rueda de prensa, la coalición advierte que "en caso de que, finalmente, el texto no sea aprobado o sufra cambios que modifiquen sustancialmente su naturaleza", los creadores no tendrían más opción que "proponer ante las correspondientes instancias de la Unión Europea el modelo para acabar con la 'piratería' en Internet establecido en otros países, como Francia y Reino Unido, y que incorpora a los usuarios como objetivos de la acción legal, además de las páginas web".

Además, la Coalición de Creadores, entiende que "la aprobación urgente y sin dilación alguna de la LES" es ya "una cuestión de Estado", por la "la situación calamitosa que afecta al sector de la creación cultural y de las industrias de contenidos audiovisuales".

viernes 17 de diciembre de 2010

Detenido e interrogado en el hospital por su página de enlaces a descargas P2P

  • El dueño del sitio web lamenta que fuera fichado en plena convalecencia
  • Su página es una de las que más actividad de intercambio genera, según la FAP
  • El acusado decide cerrar el sitio Taquilladvix.com por propia voluntad


"Me interrogaron en mi habitación del hospital, menos de 24 horas después de una operación en la clavícula", afirma Luis G., vecino de Valencia de 35 años y administrador de la página web de enlacesTaquilladivx.com, ahora cerrada. "Me sentía como de la ETA".

Así describe su odisea tras haber sido denunciado por un delito contra la propiedad intelectual por la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP), que lo denunció recientemente en una comisaría de Alicante. Luis trabaja en una compañía de suministros industriales y mantenía Taquilladivx.com "como afición".

Un accidente de esquí le provocó una cuádruple fractura de clavícula, por lo que fue operado duranteb cuatro horas en el Hospital 9 de Octubre de Valencia. La operación duró cuatro horas. Cuando su mujer se trasladó al domicilio familiar para coger algo más de ropa, se encontró con dos personas que se identificaron como policías y preguntaban por el paradero de Luis.

"Al contarles mi mujer que estaba en el hospital, se presentaron allí ni 24 horas después de mi operación, me tomaron las huellas en la cama y con el brazo en cabestrillo", comenta Luis, quien asegura quese sintió "presionado para firmar un permiso para entrar en la casa".

"No tenían orden judicial de registro, pero me dijeron que si no firmaba, la iban a precintar, y claro, firmé", afirma Luis, que apunta que aún tenía colocado un gotero con analgésticos ("Horas antes me suministraron morfina porque el dolor era insoportable", reconoce). Luis confiesa no recuerda siquiera si su abogado estaba presente entonces.

A continuación, Luis afirma que los policías acudieron a su casa acompañados de su mujer, su padre y su abogado, en donde se incautaron de al menos un ordenador portátil y dos discos duros"que contienen vídeos y fotos familiares, y que espero poder recuperar", comenta. Mientras se producía el registro, Luis asegura que los policías se sacaban fotos junto al material incautado.

A continuación, y siempre según el relatro del acusado, miembros de lapolicía científica acudieron al hospital, volvieron a tomar las huellas de Luis y procedieron a hacerle las fotos para la ficha policial en la misma cama.

Películas grabadas en salas de cine

Según el director de la FAP, José Manuel Tourné, Taquilladivx.com "erauna de las páginas con mayor actividad ilegal de 'piratería'". La FAP interpuso una denuncia contra esta página directamente en comisaría, y desconocía la identidad de su responsable. "No sabíamos quién era el administrador, pero sí sabíamos que ofrecía una gran cantidad de películas y que este sitio era el que las liberaba primero, casi todasgrabadas directamente en salas de cine", comenta Tourné.

De hecho, Tourné se refirió a una declaración anterior de un detenido en la zona de Levante, que fue pillado 'in fraganti' grabando en una sala de cine, y que entonces afirmó que realizaba grabaciones para Taquilladivx.com.

Por su parte, Luis ha decidido cerrar la página por su esposa. "A mí me daría igual seguir con ella abierta, porque no estoy haciendo nada malo, pero la he clausurado por mi mujer", comenta Luis, quien asegura que jamás ha grabado en el interior de un cine para 'piraterar' películas. "No he hecho nada de eso en mi vida, sólo me he limitado a inetrcambiar enlaces; como mi página hay muchas", se lamenta.

La operación fue desarrollada por miembros del Grupo de Delincuencia Especializada del Cuerpo Nacional de Policía de la comisaría de Alicante. Fuentes oficiales declinaron desde Madrid comentar en detalle esta operación, y apuntaron que "existen operaciones abiertas" de este tipo "casi constantemente".

Tourné ha confirmado que existen al menos otras tres denuncias contra páginas -o grupos de páginas- interpuestas ante diferentes juzgados en estos momentos.

Hasta el momento se acumulan ya varias archivos hasta 11 audiencias provinciales (desde 2008 y el conocido caso Sharemula) en los que se razona que enlazar, siquiera a un archivo P2P, no puede ser considerado como delito, mientras que las pocas sentencias condenatorias hasta lo son de conformidad, es decir, fruto de un pacto con los denunciantes, como el caso InfoPSP, en el que el acusado se declara culpable y no se entra al fondo de la causa
.

jueves 5 de agosto de 2010

Pide 50 millones a la SGAE por una canción dedicada a Iniesta

El compositor albaceteño José Moreno Moreno reclama a la SGAE 50 millones de euros en concepto de derechos de una canción dedicada al futbolista Andrés Iniesta.

Moreno ha presentado la denuncia en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha contra la SGAE, a la que reclama el pago de 50 millones de euros en concepto de autor de la canción titulada "Qué bonito lo hace Iniesta".

Ha indicado que hasta ahora no ha cobrado "nada de nada", a pesar de que registró esta canción ante la SGAE en 2009 y que se editó en el mes de mayo del pasado año, después de que el F.C. Barcelona ganara la Champions League.

La canción se ha popularizado a raíz del gol de Iniesta en la final del Mundial
El autor, que está asociado a la SGAE desde 1976, ha señalado que "la canción ha sonado varias veces por las televisiones", así como en los distintos homenajes que ha tenido el futbolista después de ser el autor del gol con el que España ganó la final del Mundial de Sudáfrica.

Moreno ha añadido que la canción, que fue editada en disco por M20 Ediciones Musicales, "se vende editada junto a otras en catalán" en grandes superficies comerciales y cuenta incluso con versiones de tono y politono para móvil, lo que "genera una serie de beneficios grande a la SGAE"

Sacado de Marca.es

miércoles 21 de julio de 2010

Chile aprueba una ley que defiende por primera vez en la historia la "neutralidad de la red"

El debate por la neutralidad de la red despegó en nuestro país con unas declaraciones del presidente de Telefónica, Cesar Alierta, y poco a poco fue creciendo según se iban posicionando los implicados. Las operadoras (aunque no todas) aplaudieron la medida. Por contra tenían a comunidad de internautas que veía peligrar la libertad que caracteriza a Internet y que rechazaban la posibilidad con la misma fortaleza que otras compañías perjudicadas.

Empujados por el clamor popular o por algún tipo de conciencia democrática la cuestión es que se instauró en algunos políticos la defensa de la neutralidad de la red como caballo de batalla y, si además contamos con el presidente del país más poderoso del mundo, pues mucho mejor. Buenas noticias, ya que entre unas cosas y otras al final ha llegado el primer país que incluirá la neutralidad de los bits en su legislación. Para sorpresa de muchos no se trata de un país nórdico; hablamos de nada más y nada menos que Chile.
A través del un proceso legislativo corriente, el parlamento chileno ha añadido en la "Ley General de Telecomunicaciones" una referencia en la que se prohibe la discriminación por parte de los proveedores de Internet, un mensaje directo a las operadoras y sus malas artes. Sin tapujos, lo contaba uno de los diputados que apoyó la medida: "las empresas proveedoras, como tienen sobrevendida su red, les cortan sus conexiones o las hacen más lentas para que parezcan errores accidentales" a algunos usuarios que descargan. La medida ya ha sido apoyada por algunas empresas fuertes del sector como Google o Microsoft y, en palabras del Ministro de Transportes, Felipe Morandé, logrará "transparentar los servicios de Internet y proteger al usuario". Habrá que esperar por esto se provoca algún tipo de imitación en Europa.

El Partido Pirata de Suecia crea su propio proveedor de Internet

ajo el amparo del Partido Pirata de Suecia llegará un nuevo ISP al país nórdico, que abogaría por defender el uso de los protocolos P2P, así como proteger el anonimato de sus clientes en Internet y, de pasada, ayudar a financiar el partido político.

El Pirate ISP viene a continuar y ampliar el hecho de que hace unos días el Partido Pirata se encargara de situar The Pirate Bay en el Parlamento de Estocolmo y aprovechar su immunidad parlamentaria para el portal.

Este nuevo proveedor de servicios sueco seguirá la ideología política alrededor de los temas del copyright y privacidad en Internet negándose a guardar registros de actividad o a ser monitorizados, para así hacer frente a la "sociedad del gran hermano", tal y como dice el CEO de Pirate ISP, Gustav Nipe.

De hecho, aunque todavía no están implantando sus servicios en todo el país, sí han empezado a hacer pruebas en la ciudad de Lund. Tras las dos primeras semanas, el objetivo es lograr un 5% de cuota en la misma ciudad y luego expandirse poco a poco a otros lugares.

Está claro que debido a promover las redes P2P, serán blanco directo de las organizaciones defensoras de los derechos intelectuales, pero ya han declarado que están preparados para responder a los ataques.

miércoles 14 de julio de 2010

La industria musical persigue OpenBitTorrent, tracker alojado en España


La lucha de la industria musical contra todo aquello que huela a P2P continua, como es el último caso que nos llega referente al tracker OpenBitTorrent.



Si no conocéis este servicio, no es más que precisamente eso, un tracker. No enlaza ficheros torrent que lo utilizan, simplemente da el soporte para conectar a los usuarios sin ninguna función más. Luego, ese torrent se ha de enviar a un sitio como The Pirate Bay para que se pueda acceder a él.

En España por sus sentencias judiciales favorables a sitios P2P

Pues bien, la IFPI le ha declarado la guerra a OpenBitTorrent, que actualmente se aloja en España, en los servidores de SoloGigabit.

El tracker buscó alojamiento precisamente en nuestro país por las sentencias judiciales ante demandas similares, en las que se pone de manifiesto que lo que está penado es alojar contenidos protegidos, disponer enlaces para acceder a ellos por otros servidores, no. Pero la cuestión aquí es que OpenBitTorrent ni siquiera enlaza sus torrents.

La carta amenazadora de la IFPI que ha remitido al propietario de SoloGigabit dice que su compañía está ayudando a que se cometa un delito contra el copyright y lucrándose por ello con los pagos por el alquiler de sus servidores para alojar el tracker.

Además, argumentan que aunque OpenBitTorrent por sí mismo no aloja contenidos protegidos, es pieza clave en el funcionamiento de The Pirate Bay, declarada ilegal en países como Suecia.

El hosting cedió a las presiones, pero el tracker sobrevivirá

Por el momento según se lee en TorrentFreak el propietario de la empresa de hosting, para evitarse problemas y pese a las dudas iniciales sobre qué hacer, ha instado a OpenBitTorrent a cambiar de empresa a finales de mes.

De todos modos, el tracker seguirá vivo ya que están preparados ante la mudanza para alojarse en otro proveedor de hosting.

miércoles 9 de junio de 2010

Tres sociedades de gestión se unen y critican el "daño" que les ha hecho la SGAE

Tres entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual audiovisual (AISGE, EGEDA y DAMA) han presentado en Madrid su fusión en Ibercopia Audiovisual (IBAU), una entidad conjunta que busca "clarificar y simplificar" la gestión de estos derechos después del "daño" que la SGAE ha causado a su imagen. "SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) nos ha hecho mucho daño", ha dicho el director general de Artistas e Intérpretes Sociedad de Gestión (AISGE), Abel Martín, durante la presentación de IBAU en la Asociación de la Prensa de Madrid.

"A veces se le acusa de cosas injustas, pero la imagen que está cosechando nos perjudica a las demás entidades porque nos prejuzgan". "Según mi opinión personal, creo que sus actividades sobrepasan el sentido de una entidad de gestión". Martín consideró que el debate abierto sobre el canon digital aplicado a la copia privada "lo ha sacado la industria aprovechando la mala imagen que tiene la SGAE" y, por ello, en la presentación de IBAU han apuntado a los fabricantes de soportes digitales como "deudores" de dicho canon y no los usuarios.

Así, IBAU se anuncia como "la forma más eficaz y transparente de gestionar la remuneración por copia privada", con especial atención a "aumentar el diálogo con la industria tecnológica" y atendiendo a las recomendaciones del informe de la Agencia de Evaluación y Calidad. En su anunciada intención de "sumar esfuerzos para luchar contra el fraude", los miembros de IBAU reconocen que si el usuario tiene que pagar el canon es porque la industria repercute en sus precios lo que a ellos les corresponde pagar por ley.

"No hay nada gratis. Igual que una Coca Cola lleva incluído el precio de lo que cuesta su anuncio en televisión", resumió Marín. El canon (0,17 para CDs y 0,44 para DVDs) responde a la compensación al titular que cede sus derechos para que los particulares puedan realizar libremente copias para uso privado, no lucrativo y, en consecuencia, legal. En 2009 se facturaron en España 100,2 millones de euros por el canon digital. "Teniendo en cuenta que se descargan 400 millones de títulos, las pérdidas no están compensadas", asegura Sánchez, que ha apoyado la presentación con el punto de vista jurídico del catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Castilla-La Mancha, Juan José Marín, y la consultora especializada en análisis económico Patricia Lorenzo. Y mientras la Ley de Propiedad Intelectual se encuentra en plena tramitación parlamentaria, solicitan que el Gobierno precise los términos que atañen al concepto de "copia privada".

Caso de web de enlaces divxonline.info: auto de sobreseimiento libre

El 9 de septiembre de 2009, el Juzgado de Instrucción nº 3 de Mislata (Valencia) ordenó el sobreseimiento de las actuaciones seguidas contra el administrador de la web divxonline.info al entender que su actividad carecía de ánimo de lucro. El imputado del caso no tuvo conocimiento de la resolución, que nunca le fue notificada. Cuando la industria recurrió, nadie se opuso para defender ese ignorado archivo de actuaciones. Finalmente la Audiencia Provincial de Valencia revocó el sobreseimiento al considerar que “no puede descartarse en instrucción el ánimo de lucro en el acusado, pues la exhibición del material tenía la finalidad de enriquecerse con las obras ajenas gracias a la publicidad”.

Como suele suceder con este tipo de resoluciones, la acusación particular, formada por empresas de los contenidos y entidades de gestión, enviaron notas de prensa celebrando como un éxito que una resolución diga que considera conveniente “que se prosiga el proceso, para que todas las pruebas puedan ser examinadas en el Juicio Oral”. Como es conocido, la industria de los contenidos suele aludir en los medios de comunicación a este tipo de resoluciones como tantos a favor que ratifican sus tesis jurídicas. Cuando se señala como noticiable y digno de fiesta que un caso de página de enlaces llegue al menos a juicio, se está dejando patente, al contrario de lo que se pretende, hasta qué punto las acciones legales de la industria están fracasando. Acostumbrados a que sus denuncias terminen en un cajón antes de tiempo, la industria de los contenidos, que hace no mucho esperaba celebrar condenas, se ha terminado por contentar con festejar juicios.

El administrador de la web e imputado en el procedimiento conoció que su caso había sido archivado el día que la prensa publicó que se reabría. De este modo, su proceso de angustia que comenzó cuando varios agentes de la policía entraron en su domicilio y lo registraron requisando algunas de sus pertenencias, no se tomó un sólo día de respiro. En cuanto la prensa dio la noticia de la resolución que dejaba sin efecto el sobreseimiento provisional, se produjo la personación de la defensa en las actuaciones, que inmediatamente pidió que se tomara declaración al imputado. Al día siguiente de producida ésta se pidió nuevamente el sobreseimiento de las actuaciones, pero dejando claro que tal petición no contradecía en nada la resolución firme e irrecurrible de la Audiencia Provincial de Valencia.

Penalmente, es indiferente que una web de enlaces tenga ánimo de lucro.

Recordemos que esa resolución consideraba que no podía descartarse la existencia de ánimo de lucro del imputado por la publicidad existente en su página web. No obstante, el artículo 270 del Código Penal exige la concurrencia de dos elementos para considerar delito la actividad denunciada: el elemento objetivo del tipo, que consiste en comunicar públicamente y sin autorización una obra intelectual, y el tipo subjetivo, que consiste en que esa actividad se realice, además, con ánimo de lucro.

Existe mucha confusión todavía, tanto a nivel ciudadano como de periodistas, sobre la relevancia del ánimo de lucro en los casos de webs de enlaces. Es totalmente indiferente que exista o no dicho ánimo, y da igual si el ánimo de lucro se cumple vendiendo las obras o mediante ingresos por publicidad.

Dado que el auto de archivo de las actuaciones y el de revocación por la Audiencia Provincial de Valencia sólo habían analizado el ánimo de lucro, nuestra petición de nuevo sobreseimiento se basó en que lo único relevante en estos casos es si existe el otro requisito: la comunicación pública de los archivos. Por lo tanto, con independencia de que la actividad del imputado fuera o no lucrativa (sea lo que sea que se entienda por lucro), lo que es evidente es que la actividad de la web no es en ningún caso la de copiar obras intelectuales o comunicar públicamente esas u otras copias, lo que hace su conducta penalmente irrelevante.

El Juzgado de Instrucción nº 3 de Mislata, atendiendo esta petición de sobreseimiento, ha archivado nuevamente las actuaciones, en resolución todavía susceptible de ser recurrida. Este Auto, que llega apenas 4 meses después de la personación del imputado en las actuaciones y de la noticia en los medios de la reapertura de su caso, tiene dos diferencias fundamentales respecto al anterior:

1ª.- En esta ocasión no se trata de un auto de archivo provisional, sino libre. Esto es, el juzgado no es que entienda que no hay pruebas de que el imputado haya cometido el delito denunciado, sino que el propio hecho denunciado, la administración de una web de enlaces, es el que no es constitutivo de delito alguno.

2ª.- Su fundamento no es -ni podía ser dada la resolución de la AP de Valencia- la inexistencia de ánimo de lucro, sino la inexistencia del elemento objetivo del tipo penal, esto es, que la web del denunciado, al ser una mera web de enlaces, no comunica públicamente obra intelectual alguna. De este modo, el Auto de sobreseimiento libre manifiesta que:

“Practicada la declaración del imputado y del examen de las actuaciones obrantes, se infiere que la conducta llevada a cabo por aquél no es constitutiva de infracción penal y por lo tanto no se reúnen los elementos del tipo objetivo para considerar que estamos ante un delito contra la propiedad intelectual, así, el enlace simple no supone infracción de los derechos contra la propiedad intelectual, puesto que este tipo de links constituye únicamente una forma de facilitar al usuario de Internet el acceso a otra página web, sin tener que teclear el nombre de esa página.

La actividad de la página investigada se centra en facilitar enlaces pero no aloja archivos, ni realiza directamente descargas, limitándose su actividad en enlazar”.


Sacado de la pagina de David Bravo

lunes 7 de junio de 2010

El presidente del Gobierno español ha dejado claro hoy su apoyo a la industria cultural y la de medios de comunicación, comparando sus actuales problemas de propiedad intelectual con la piratería marítima: "Combatir la piratería informativa y cultural es hoy tan urgente como en su día lo fue erradicar la piratería de los mares para garantizar la seguridad de las rutas y el libre comercio entre las naciones."

No tenemos muy claro a qué se refiere cuando habla de piratería informativa, pero hace tan solo unos días el director del diario El Mundo nos daba algunas pistas al acusar a Google de ser un parásito sofisticado. Zapatero cree que salvaguardar estas industrias es una exigencia perentoria y se ha comprometido a hacer todos los esfuerzos necesarios para que el trabajo de autores y editores sea preservado y remunerado de manera justa. Gracias a radorn por el aviso.

viernes 4 de junio de 2010

Nuevo carpetazo a un caso de web con enlaces

Nuevo archivo de una causa en la que el querellado, responsable del sitio CVCDGO, había sido acusado de mantener una web con enlaces a archivos protegidos por derechos de autor. La Audiencia Provincial de Madrid confirma la decisión del juzgado de instrucción de archivar la causa abierta tras una denuncia de la entidad de gestión EGEA y distribuidoras cinematográficas. El tribunal, en el texto donde se justifica el archivo, hace una serie de reflexiones sobre Internet que pueden añadirse al largo historial de sentencias sobre este tema.

Tras describir que nadie discute que los querellados son los titulares de una página web (o espacio virtual en Internet) en la que diferentes usuarios internautas y dentro de un foro, dejan o establecen enlaces a documentos que contienen archivos de películas que están protegidos por la ley de propiedad intelectual, el texto recuerda que "Internet consiste en un sistema de enlaces entre ordenadores a través de una gran red electrónica virtual de información". Tras citar que "desde antiguo" se ha producido la cesión de libros y películas, el texto subraya que la diferencia ahora reside en que los medios digitales permiten este intercambio con mayor celeridad. "Y ese intercambio se realiza en la red a través de los sistemas de intercambio de archivos "P2P" (o red entre iguales) donde no hay clientes ni servidores fijos teniendo un alcance mundial pues cualquier internauta puede conectarse con su ordenador y compartir archivos que están divididos, a su vez, en un gran número de partes".

El auto cita la famosa circular de la fiscalía española según la cual el ofrecer enlaces a archivos protegidos únicamente será punible si hay ánimo de lucro, una circular severamente criticada desde Estados Unidos. El auto no considera que el hecho de que la página albergue publicidad pueda considerarse un lucro directo ya que la inserción de la misma va en función de las visitas al sitio y no del número de descargas realizadas.

Canadá multará la copia ilegal de un DVD

El Gobierno canadiense ha presentado un proyecto de ley que prevé la imposición de multas de hasta 5.000 dólares canadienses (3.924 euros) a quienes rompan la codificación digital de los discos DVD para hacer copias personales. Las multas se elevarán hasta un millón de dólares canadienses (784.800 euros) para quienes violan las protecciones digitales con el objetivo de obtener beneficio económico. Al mismo tiempo, el proyecto de ley reduce las multas para aquellos que descargan o cuelgan material protegido por las leyes de propiedad intelectual cuando lo hacen para su uso personal y no para obtener beneficio económico. Hasta ahora, la multa era de un máximo de 20.000 dólares canadienses (15.696 euros). La nueva ley lo reduciría a 5.000 dólares.
El ministro de Patrimonio de Canadá, James Moore, ha comentado que el proyecto de ley es un "equilibrio entre los intereses de los consumidores y los derechos de la comunidad creativa". La propuesta legalizará la grabación de programas de televisión, radio o emisiones por internet siempre que sea para uso personal y de forma temporal, nunca permanente. Otro cambio previsto es la extensión a 50 años de los derechos intelecuales de música y fotografías, a partir del momento de su publicación. Canadá figura, junto a España, en un informe de congresistas de Estados Unidos como uno de los cinco países con mayor índice de piratería

Redada de la productora de 'En tierra hostil' contra el P2P

Voltage Pictures, la productora del filme En tierra hostil, reclama el nombre de los propietarios de 5.000 ordenadores en Estados Unidos que han realizado descargas de la película a través del protocolo P2P y que han sido identificados por los proveedores de servicios. La productora considera que "la piratería contribuye directamente al declive de la industria cinematográfica".

Según la BBC, Voltage sostiene que con las nuevas tecnologías que facilitan la piratería, "es más importante que nunca que la gente actúe de forma responsable para proteger los puestos de trabajo y la supervivencia de la industria". En el citado medio de comunicación se recogen unas declaraciones de Peter Sunde, fundador de The Pirate Bay, en las que asegura que es estúpido perseguir a tus propios fans y que el intercambio gratuito de archivos fomenta el interés por la música y el cine.

En tierra hostil, de Kathryn Bigelow, es un retrato crítico de una brigada estadounidense de desactivación de explosivos en Iraq. Ha sido la película ganadora del Oscar más barata (no llega a diez millones de euros) y la que menos ha recaudado (unos 15 millones de euros).

La Unión Europea cede ante la presión de la industria cultural

El debate sobre la propiedad intelectual y las medidas para protegerla está abierto en varios frentes. Por un lado, los estados de forma individual tratan de sacar adelante leyes que regulen lo que consideran "piratería en la Red", mientras que por otro, la Eurocámara trata de aunar a estos estados miembros en un objetivo común. Sin embargo, todo parece encauzado de una única forma: el bloqueo de sitios web con enlaces P2P.

Simultáneamente a lo sucedido en España, donde la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, espera una urgente aprobación de su Ley de Economía Sostenible, la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo (PE) ha adoptado un informe no vinculante contra la llamada "piratería en Internet" que propone luchar contra los sitios que ofrecen contenidos protegidos por las leyes de propiedad intelectual.

Recordemos que bajo este pretexto, en el día de ayer se procedió en nuestro país al cierre de las páginas Espalwii, Espalpsp, Espalnds y Espalzone, cuatro portales y foros especializados en videojuegos, así como a la detención de sus responsables.

El informe, presentado por la eurodiputada francesa del Partido Popular Europeo (PPE) Marielle Gallo, se aprobó en la Comisión con 15 a favor y 8 en contra. La propia Gallo puso la Ley de Economía Sostenible como ejemplo que deberían seguir los estados miembros, mientras que por parte del Partido Socialista Europeo se encontró con numerosas críticas porque "preconiza una lógica represiva".

Resulta llamativo que sean los populares quienes la impulsen como modelo en el Parlamento Europeo pero en España la consideren "indiferente". Igual de llamativo es que los colegas europeos del Gobierno socialista crean que "la derecha europea plantea la criminalización de millones de internautas y de consumidores de música y cine" -afirmación de la eurodiputada francesa del PSE Françoise Castex- mientras en España se pretende aprobar la conocida como Ley Sinde.

Igualmente, la organización a favor de los derechos en la Red La Quadrature du Net (La Cuadratura de la Red, en francés) declaró su oposición a esta medida que si bien no es vinculante sí serviría a la Unión Europea para adoptar una posible resolución en un futuro. Según esta organización, el informe presentado por Gallo es una muestra del "poder que ejercen los lobbies de unas cuantas industrias anacrónicas en el Parlamento Europeo".

La ministra Sinde considera urgente sacar adelante la Ley Antidescargas

"No vamos a bajar la guardia ni hacer que los plazos se alarguen". Así de firme se mostró la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde ante la cercana tramitación de la futura Ley de Economía Sostenible en el Congreso. La ministra aseguró que la ley que prevé el cierre de páginas web "sigue el ritmo esperado" dado que es "urgente e importante" aprobarla por el interés de "todos".

Apenas horas después de conocerse el cierre de las páginas Espalwii, Espalpsp, Espalnds y Espalzone, cuatro portales y foros especializados en videojuegos, así como las detenciones de sus respectivos webmasters, la ley que hará de esta excepción una regla parece más cercana. A pesar de que la Mesa del Congreso aplazó hasta el próximo 8 de junio la presentación de enmiendas a la ley, la idea del Gobierno es someter el dictamen a votación ante el Pleno en una de las sesiones extraordinarias programadas para el mes de julio.

Sin embargo, la decisión del Gobierno de fijar el Debate del Estado de la Nación en las semanas del 14 y el 21 de julio puede trastocar esta agenda e incluso acelerarla, lo que sería más que comprensible por la "urgencia" que parece tener su aprobación para la ministra. Tras su aprobación, la norma arrancaría su trámite en la Cámara Alta en otoño y su entrada en vigor se retrasaría hasta finales de 2010 o incluso a principios del año próximo.

La ministra, junto al ministro de Industria, Miguel Sebastián, mostraron su "preocupación" por las supuestas pérdidas de la industria cultural, que aseguraba en un informe que las pérdidas por productos culturales rondan los 1.000 millones de euros mensuales.

Según Sebastián, la Ley de Economía Sostenible es "compleja" y está convencido de que en ella se recoge "perfectamente el enfoque del Gobierno español para terminar con la piratería y sobre todo con las páginas de descargas ilegales", señaló. Poco parece coincidir el punto de vista del Ejecutivo con el de varios jueces estatales, que podrían ver minimizadas sus funciones con la entrada en vigor de una ley cuyos objetivos parecen más cercanos a los intereses de la industria cultural que a los derechos de los usuarios.

Una nueva sentencia considera legales los enlaces P2P

Apenas dos días después del cierre por orden judicial de los sitios web Espalwii, Espalpsp, Espalnds y Espalzone y la detención de cuatro personas (ya en libertad), la Audencia Provincial de Madrid ha hecho pública una sentencia en la que se vuelve a dar legitimidad legal a los enlaces P2P. El tribunal ha sobreseído la denuncia que perseguía al buscador de archivos P2P Cvcdgo.com.
Según el auto, la actividad de enlazar a sitios P2P no es conducta delictiva ya que no existía un ánimo de lucro directo -sino a través de publicidad-, el sitio web se limitaba proporcionar enlaces -no alojaba los archivos- y Cvcdgo.com no actuaba "en connivencia con el servidor", ya que alojaba un foro en el que los usuarios podían publicar libremente enlaces.

Los denunciantes (la gestora de derechos de autor EGEDA y Columbia Tristar entre otras) acusaban a los responsables de la web de estar cometiendo delitos contra la propiedad intelectual al facilitar enlaces en un sitio con el que se lucraban por medio de publicidad.

No obstante, el juez archiva la causa y señala que precisamente Internet consiste en "un sistema de enlaces entre ordenadores a través de una gran red virtual de información", coincidiendo con la sentencia similar dictada el pasado mes de mayo en la que el juez de lo mercantil número 6 de Barcelona y que aseguraba que crear índices de enlaces es "la esencia misma de Internet".

Además, el auto alude a la circular 1/2006 de la Fiscalía General del Estado -muy criticada por la industria de contenidos- y recuerda que "desde antiguo se ha producido el préstamo o cesión de libros, películas, música, etc.", y que la diferencia actual consiste en el formato, que hace que las copias digitales sean intercambiables más rápido, con mayor calidad y con un alcance mundial, a diferencia de lo que ocurre en el mundo analógico.

martes 1 de junio de 2010

Cuatro detenidos y varios sitios web cerrados por 'piratería' de videojuegos

Los sitios web EspalWii, EspalNDS, EspalPSP y EspalZone permanecen cerrados mientras que al menos cuatro personas han sido detenidas, tras una denuncia interpuesta en junio de 2009 por la patronal de los videojuegos aDeSe a través de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP).

Al menos dos de los detenidos, ambos en Albacete, permanecieron en dependencias de la Guardia Civil durante la noche del lunes al martes. Los otros dos fueron detenidos en La Línea de la Concepción (Cádiz) y Segovia.

En todos los casos los detenidos estaban acusados de delitos contra la propiedad intelectual como presuntos responsables de los mencionados sitios web, que al menos en el caso de EspalWii, EspalNDS y EspalPSP se trataban de sitios web de enlaces y de foros de opinión.

Desde la FAP, su presidente, José Manuel Tourné, confirmó que hace ahora un año se interpuso dicha denuncia contra estos sitios, considerados "los más importantes en cuanto a oferta de videjuegos en español", y remarcó que la intención es "eliminar el contenido 'pirata'".

A través de estos sitios se podía acceder a juegos como 'UP, The Game', 'Buzz Brain of tghe UK', 'NBA 2009', 'Hanna Montana', 'Monsters Vs Aliens' o 'James Bond and the Quantum of Solace', entre otros

"No queremos que los videojuegos o las películas de nuestros socios circulen por Internet sin el permiso de sus legítimos dueños, en ningún caso vamos contra los usuarios ni contra las opiniones", subrayó Tourné, que aseguró que "la gente va a estas webs a por contenidos ilegales".

No obstante, ya han comenzado las protestas en la Red por parte de ciertos grupos de activistas. Así, en el sitio Noalcierredewebs.com ha aparecido un comunicado en el que se critica duramente el cierre cautelar de EspalWii, EspalNDS y EspalPSP.

Este comunicado resalta que mediante dicho cierre cautelar se está "privando a cientos de miles de personas de su derecho de reunión virtual y de libertad de expresión", ya que el cierre de foros como EspalPSP y EspalNDS ha supuesto la "censura de más de un millón de mensajes".

Redada policial páginas Espal y censura de sus foros

La polémica reforma para cerrar webs que presuntamente faciliten la vulneración de la propiedad intelectual, todavía no aprobada, preveía que no se pudieran bloquear dichas páginas cuando estuvieran en riesgo derechos fundamentales como la libertad de expresión. Hoy hemos podido saber que las páginas EspalZone, EspalNDS, EspalWii y otras similares han sido bloqueadas tras una actuación policial, incluyéndose también en el bloqueo todos sus foros en los que había varios millones de mensajes y decenas de miles de usuarios activos.

Todavía no tenemos mucha información (pronto será ampliada en diarios digitales), pero a pesar de no estar de acuerdo con algunas actividades realizadas en dichas páginas web no podemos permanecer indiferentes ante la censura masiva de foros de discusión. Actualizaremos la noticia en cuanto tengamos más datos. Gracias a CSA por el aviso.

jueves 27 de mayo de 2010

Padawan en Luxemburgo contra la SGAE

Y se ha celebrado en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la vista de la denuncia de la SGAE y demás entidades relacionadas contra Padawan, una tienda Traxtore de Barcelona, propiedad de Ana María Méndez.
Tras malas experiencias en los tribunales españoles, la demandada decidió llevar el caso a la máxima instancia europea, donde las cosas pintan mejor, y ella misma nos cuenta la experiencia:
No tenía claro ir a la vista, se me hacia duro pensar que pudiera parecerse a lo vivido en el mercantil, escuchar sandeces de SGAE, que a mi abogado se le cortara la palabra con chulería, la impotencia de no poder decir nada y sobre todo, tanto antes de entrar como al terminar, soportar las miradas de los de SGAE como si fuera un ser "aplastable" que les está haciendo perder su valioso tiempo, pero fui a Luxemburgo y desde el instante que acabó la vista comencé a sentirme bien por eso quiero relatar lo que pasó en aquella gran sala en la que ni SGAE, ni Egeda etc... pudieron hacerlo peor.
Nos llamó la atención que siendo los peces gordos, la flor y nata de las entidades no tuvieran nivel de inglés ni francés mínimo para atender a las instrucciones previas que el tribunal dio a los letrados. Las instrucciones del Tribunal fueron que al haber cinco partes (entidades) que defendían la misma postura no se repitieran haciéndoles escuchar cinco veces lo mismo. Fueron incapaces de cumplirlo.
Cuando nuestro abogado acabó su exposición... pensé que había llegado la hora, que iba a escuchar “ese argumento nuevo y demoledor” que me destrozaría y que me haría volver a casa desmoralizada, pero no fue así.
SGAE no pudo reprimir su vicio de mezclar copia privada con descargas y piratería. Se lió tanto en ese berenjenal que llegó a soltar, poniendo cara de bueno y haciendo ojitos al tribunal,la frase: “Lo que nunca haríamos es entrometernos en la privacidad y las comunicaciones de los ciudadanos”.
Dijo que: el canon es la renta de los autores, la compensación por una expropiación, por que la copia privada es un “expolio” que se le hace al autor. Vamos, que el canon ni siquiera compensa y hacer copia privada es un acto tan miserable como matar gatitos.
Más cosas... “el consumidor ni paga el canon, ni debe pagarlo”, (el tribunal miró con extrañeza a SGAE) y aquí viene lo gordo, comenzó a hablar de las exenciones previstas en nuestra legislación y que no se están aplicando y dijo: “En España no se pueden establecer exenciones porque al gobierno español LE PREOCUPA MUCHO EL FRAUDE QUE PUEDAN HACER LAS EMPRESAS aprovechándose de esa exención”. ¡Sí señor, cuando ejercemos el derecho a copia privada expropiamos y expoliamos y tenemos que pagar aunque ese derecho no pueda ejercerse en el ámbito laboral porque somos unos mangantes!
EGEDA dijo que: el canon no es por el uso sino por el “daño” y volvió a utilizar la palabra expropiación, al poco comenzó a contradecirse diciendo que: el canon no era por el daño sino que se trataba de compartir una parte de los grandes beneficios de los comerciantes.
Para concluir, aportó un dato valiosísimo, dijo que: todo lo digital es para hacer copias privadas y la prueba de ello es la desaparición de los CD Data... Esto es como decir que todas las pantallas son solo para ver películas de la factoría SINDE y que la prueba de ello es que han desparecido los monitores monocromo... más adelante explicaré cómo este hombre perdió los papeles en el turno de réplicas.
AIE y AGEDI además de lo mismo, dijeron que: la copia privada fomenta la sociedad de la información, que la exención al pago era “inviable” y que el sistema de recaudación aplicado en España es eficaz.
Le explicaron al Tribunal que: hay “tradiciones jurídicas” en España que se vienen estilando desde hace muuuuucho y que siempre han funcionado perfectamente, extrañándose del motivo por el cual hay que revisar el sistema ahora.
El Tribunal les preguntó si realmente no había ni un solo ciudadano español que pudiera beneficiarse de nuestra legislación, y contestaron:
-Sí, claro. Si una distribuidora compra CD para editar un disco, es evidente que no va a hacer copias privadas por tanto esos discos no tienen por qué pagar canon. El Tribunal preguntó:
-¿Estamos hablando de CD vírgenes, que no habrían de pagar?
Contestaron: - Sí.
Nuevamente se dieron caras y miradas de extrañeza entre el Tribunal tras haber escuchado de todas las entidades que era imposible liberar a ningún ciudadano, ni empresa, ni administración del pago del canon y recibir ahora el mensaje que los únicos que pueden librarse del pago son sus propios socios.
CEDRO, aquí tuvo lugar una exposición que nos dejo a todos boquiabiertos. La abogada de CEDRO con gran simpatía dijo:
Yo no quiero aburrir a este tribunal con fechas, jurisprudencia y demás datos que mis compañeros ya han aportado. Los trabajadores hacen uso personal de los equipos en horas de trabajo y por eso los jefes “han de pagar”. Voy a poner a este Tribunal un ejemplo practico: María llega a su trabajo, a las 9.15 se hace una fotocopia de una guía de viajes porque tiene pensado viajar, a las 9.20 se hace otra fotocopia de una receta de cocina que le interesa y hasta las 9.30 no hace la primera fotocopia que le manda su jefe...
El Tribunal la interrumpió y le preguntó que cómo era posible que el propio gobierno no pudiera beneficiarse de su propia legislación, la abogada no entendió nada y el Tribunal insistió esta vez poniéndole un ejemplo práctico a ella:
¿Nos está usted diciendo que en estos momentos hay funcionarios haciendo uso de material comprado con dinero publico, para beneficio propio? (pregunta trampa, porque si la abogada es conocedora de ese hecho ha de denunciar allí mismo), la abogada se apresuró a decir: - NO NO!!!, era solo un decir... a lo que el tribunal le respondió: - Pues este Tribunal puede darle la vuelta a la tortilla y de la misma forma que usted considera justo que todo el mundo pague canon por si acaso María se hace dos fotocopias, este Tribunal puede considerar INJUSTO que todo el mundo pague canon por si acaso María se hace un par de fotocopias, ¿no cree?
A lo que CEDRO contestó: - Visto así...
Llegó el turno de la representante del gobierno español. Dijo que el sistema en España es eficaz y riguroso y añadió no entender qué hacíamos allí ya que se nos reclama el canon de los años 2002 a 2004 y la directiva sobre canon digital no se incorporó hasta el 2005. Así que no tenía sentido que reclamáramos por no cumplir con una directiva que aún no se estaba aplicando...
Tras las intervenciones de Alemania, Grecia y la representante de la Comisión comenzó el turno de réplicas.
Nuestro abogado pidió más tiempo al Tribunal para compensar un poco la balanza y poder replicar a todos. El Tribunal se lo concedió y le permitió extenderse sin interrumpirle en ningún momento.
Primero respondió a la representante del gobierno español poniéndole un poco en orden las fechas y dejando en evidencia que o no había hecho los deberes o se los habían hecho (los) otros. Efectivamente nos reclaman el canon de los años 2002 a 2004, la directiva no la adoptamos hasta 2005 (previa sanción europea por hacerlo con retraso) y a nosotros la demanda se nos pone en el 2006, con retroactividad y con la directiva ya vigente en España.
A las afirmaciones de que el canon no lo paga el usuario final bastó con decirle al Tribunal que los comerciantes en España funcionan igual que en el resto del mundo, es decir que aplican un margen al coste de producto.
Y a que el canon es una compensación por el “expolio”... dijo que era necesario que las valoraciones sobre el daño o no de la copia privada y demás cálculos sean a cargo de informes independientes.
Llegó el turno de réplica de las entidades que yo esperaba contundente, ya que aparte de los letrados sentados frente al Tribunal, había “infiltrados” entre el público que constantemente les pasaban notas.
SGAE se limitó a releer la defensa, el Tribunal le llamó la atención una vez, que por favor no les hiciera escuchar otra vez lo mismo, siguió releyendo, le llamaron la atención una segunda vez pidiéndole que por favor “replicase”... siguió releyendo, finalmente le cerraron el micro y le pidieron que se sentara.
AIE y AGEDI fueron escuetos. Con prisa repitieron que el canon lo pagan los fabricantes y distribuidores y se despidieron antes de que también les cortaran el micro.
CEDRO solo dio las gracias, aunque todos se las tendríamos que haber dado a ella por el buen rato que nos hizo pasar.
EGEDA tuvo una salidilla de tono al decir que el Tribunal no tenia nada que decir sobre la legislación española que se estaba aplicando de forma eficaz e impecable y que la demandada (yo) lo que tenia que haber hecho es interponer un recurso de inconstitucionalidad en su país. ¡ESPAÑA, PAIS SOBERANO!
Esto es a grandes rasgos lo que pasó en las tres horas y media de vista y de donde salen estas conclusiones en las que queda claro que pagar canon por todos los soportes, usos y supuestos como se hace actualmente contradice a la directiva.
Se entiende también por qué hace mención expresa a que el canon lo paga el usuario, y lo hace por lo mucho que insistieron las entidades en que no era así. No porque lo deba pagar a partir de ahora, como intentan enredar las entidades en prensa, sino por dejar claro que lo que las entidades dijeron durante la vista de que no lo paga el usuario NO es cierto. Es más, en las conclusiones hay un párrafo en el que menciona a Aristóteles y que la justa compensación ha de alcanzarse ponderando tanto los intereses de los titulares de derechos, como los de los usuarios. Y aprovecha para dar un “tirón” de orejas al órgano jurisdiccional remitente” (nuestra LPI) que omite en todo su texto a los usuarios ya que siendo los que soportan la carga económica deberían tenerse en cuenta sus intereses.
Las entidades se harán las locas, y como ya está haciendo la Sinde, dirán muchas estupideces. Lo importante es que ahora somos muchos los que estaremos atentos a que las entidades no vuelvan a aportar dudosos informes de “sus empresillas amigas” diciéndole al gobierno que han de recaudar al año 100 millones y ni un euro menos. ¡Por cierto! Dicen por ahí que el informe que aportaron para clavarnos las tarifas que pagamos todos NO aparece, y el motivo es que en él cometieron el mismo vicio de siempre, mezclar copia privada, con piratería y mencionar las descargas como ilegales.
Ya veremos qué pasa en septiembre pero de momento voy a disfrutar comparando lo que dice la abogada del Tribunal con lo que dijo el abogado de SGAE en mi juicio del mercantil en su alegato final.

Irlanda cortará la conexión a los “piratas”

Parece que continúa la batalla abierta entre la industria de contenidos y los internautas. En esta ocasión, son las discográficas las que actúan por su cuenta, sin intervención del gobierno de turno.

La IRMA (Irish Recorded Music Association), o lo que es lo mismo, la principal asociación de discográficas de Irlanda ha llegado a un acuerdo con el ISP (Internet Service Provider) del país, Eircom, por el cual cortarán la conexión a los usuarios que descarguen contenido protegido con derechos de autor. El sistema consistirá en una serie de avisos por parte de la operadora que, si son ignorados, supondrán el corte de la conexión a Internet durante un año.


La empresa responsable de estudiar qué usuarios cometen “actos delictivos” será Dtecnet, y el proceso de prueba comenzará notificando a únicamente 50 internautas durante 3 meses. A partir de este periodo, se valorará la posibilidad de ampliar la investigación o no. Irlanda es el tercer país en tener una medida así, similar a la legislación que se empieza a imponer en Francia y Reino Unido.